Términos y condiciones
Preámbulo
Ramón Detinto Casa de Subastas (en adelante «Ramón Detinto» o «la Casa») es una casa de subastas colombiana especializada en arte y activos culturales, con operación en modalidades presencial, mixta y 100% digital. Los presentes Términos y Condiciones regulan la participación de postores y compradores en todos los eventos de subasta organizados por Ramón Detinto, independientemente de la modalidad bajo la cual se celebren.
Al registrarse como postor, el participante declara haber leído, comprendido y aceptado en su totalidad los presentes Términos y Condiciones, así como el Glosario de Términos y Procesos que hace parte integral de este documento.
I. Admisión y Registro
PRIMERO. Titularidad y gestión de los lotes
Ramón Detinto actúa como intermediario en nombre y por cuenta de los consignantes, propietarios de los lotes ofrecidos en subasta. La Casa ejecuta la estrategia de venta y gestiona el evento bajo los presentes Términos y Condiciones.
SEGUNDO. Admisión de postores
La admisión o rechazo de postores a cualquier evento de subasta dependerá de la validación previa por parte de Ramón Detinto. La Casa se reserva el derecho de admisión sin necesidad de expresar motivación alguna. Para participar en subastas digitales o mixtas, el postor deberá completar el proceso de registro en la plataforma oficial www.ramondetinto.com, incluyendo la validación de identidad mediante documento oficial vigente.
PARÁGRAFO 2.1. En subastas 100% digitales, el registro deberá completarse con un mínimo de cuarenta y ocho (48) horas de anticipación al inicio del evento. Ramón Detinto podrá requerir documentación adicional para verificar la identidad o solvencia del postor.
PARÁGRAFO 2.2. Al finalizar el proceso de registro, el postor recibirá una confirmación por correo electrónico con su número de identificación de puja y las instrucciones de acceso a la plataforma.
II. Estado, Condición y Autenticidad de los Lotes
TERCERO. Inspección previa
Los bienes ofrecidos en subasta pueden ser nuevos o usados. Es responsabilidad exclusiva del postor revisar e inspeccionar el estado de los lotes de su interés antes de participar en el evento. Ramón Detinto pone a disposición de los interesados el catálogo de cada evento, informes de condición y, cuando aplique, períodos de exposición o visita previa. Una vez efectuada la adjudicación, no procederá reclamación alguna respecto al estado físico del bien.
CUARTO. Exclusión de garantías sobre condición
Ramón Detinto no otorga garantía alguna, expresa o implícita, respecto a defectos visibles u ocultos, calidad, integridad, estado de conservación u otros daños presentes en los bienes ofrecidos. El informe de condición entregado por la Casa tiene carácter informativo y no constituye una garantía sobre el estado actual ni futuro del bien.
QUINTO. Exclusión de autenticidad y atribución
Ramón Detinto entregará a todo comprador un certificado de procedencia y un informe de estado de condición de la obra adjudicada. Sin embargo, la Casa no garantiza ni es responsable de la autoría, atribución, autenticidad, período histórico, origen, nacionalidad, procedencia anterior ni valor cultural o patrimonial de los lotes ofrecidos.
PARÁGRAFO 5.1. Las descripciones del catálogo —incluyendo atribuciones de autoría, técnica, dimensiones y fechas— se elaboran con base en la información suministrada por el consignante y el juicio experto disponible al momento de su redacción. Dichas descripciones tienen carácter meramente referencial y no constituyen declaración vinculante sobre la autenticidad del bien.
PARÁGRAFO 5.2. Es responsabilidad del postor consultar por sus propios medios, antes de efectuar cualquier puja, la existencia y validez de certificados de autenticidad, dictámenes periciales u otros documentos que considere necesarios para la formación de su decisión de compra.
PARÁGRAFO 5.3. Ramón Detinto no será responsable por reclamaciones posteriores a la adjudicación relacionadas con la autoría, falsificación, atribución incorrecta o estado de conservación del bien. El comprador adquiere el lote en el estado y condición en que se encuentra al momento de la subasta.
SEXTO. Exclusión por provenance
Ramón Detinto actúa de buena fe con base en las declaraciones efectuadas por el consignante respecto a la procedencia lícita y libre disposición de los bienes ofrecidos. La Casa no asume responsabilidad por reclamaciones de terceros sobre la propiedad, licitud del origen o restricciones legales sobre los lotes, siendo dichas declaraciones de exclusiva responsabilidad del consignante.
III. Desarrollo del Evento de Subasta
SÉPTIMO. Modificación de lotes
Ramón Detinto se reserva el derecho de modificar el orden, reunir, dividir o retirar los lotes ofrecidos en venta en cualquier momento antes o durante el evento, sin que ello genere responsabilidad frente a los postores. Por regla general, la subasta se desarrolla en números consecutivos.
OCTAVO. Rechazo de ofertas
Ramón Detinto está facultada para rechazar ofertas efectuadas durante la subasta sin necesidad de expresar motivación o justificación alguna. Igualmente, podrá reservar la adjudicación de cualquier bien o mantenerlo bajo reserva.
NOVENO. Adjudicación
En subastas presenciales y mixtas, el subastador concederá al mejor postor la adjudicación del bien mediante el golpe del martillo sobre el atril. En subastas 100% digitales, la adjudicación se producirá automáticamente al cierre del tiempo de puja establecido para cada lote, siendo declarado ganador el postor que haya efectuado la oferta válida más alta al momento del cierre.
PARÁGRAFO 9.1. En caso de que dos o más postores ofrezcan simultáneamente el mismo valor, el subastador o el sistema digital —según la modalidad— determinará al adjudicatario. En modalidad digital, el sistema dará preferencia a la oferta registrada en primer lugar.
PARÁGRAFO 9.2. En caso de dudas sobre alguna adjudicación, el subastador se encuentra en libertad de volver a ofrecer el bien en subasta. En modalidad digital, Ramón Detinto podrá anular y repetir el proceso de puja de un lote específico si se presentan fallas técnicas verificables que hayan afectado la igualdad de condiciones entre postores.
PARÁGRAFO 9.3. En todo caso, la decisión del subastador o del sistema administrado por Ramón Detinto tendrá prevalencia al momento de la adjudicación.
DÉCIMO. Modalidad digital — plataforma y fallas técnicas
En subastas 100% digitales, las pujas se realizan exclusivamente a través de la plataforma oficial de Ramón Detinto. El tiempo de cierre de cada lote es fijo y predeterminado, publicado en el catálogo digital con anterioridad al evento.
PARÁGRAFO 10.1. Ramón Detinto no será responsable por fallas de conectividad, interrupciones del servicio de internet, problemas técnicos en los dispositivos del postor ni ninguna circunstancia externa a la plataforma que impida o dificulte la participación del postor. Es responsabilidad del postor garantizar su acceso estable a la plataforma durante el evento.
PARÁGRAFO 10.2. En caso de fallas técnicas verificables en la plataforma propia de Ramón Detinto que afecten el normal desarrollo de la subasta, la Casa podrá, a su criterio exclusivo, suspender, reprogramar o declarar desierto el lote afectado, sin que ello genere responsabilidad frente a los postores.
PARÁGRAFO 10.3. Ramón Detinto se reserva el derecho de invalidar pujas que, a su criterio, hayan sido efectuadas por error manifiesto, abuso de la plataforma o vulneración de los presentes Términos y Condiciones.
DÉCIMO PRIMERO. Modalidades de puja
Ramón Detinto ofrece las siguientes modalidades de participación según el tipo de evento:
PARÁGRAFO 11.1. Puja presencial: El postor asiste al evento y participa mediante paleta numerada adjudicada a su nombre al momento del registro.
PARÁGRAFO 11.2. Puja por teléfono: Disponible en subastas presenciales y mixtas. El postor se comunica con un representante de Ramón Detinto, quien puja en su nombre en tiempo real. Se recomienda registrar esta modalidad con un mínimo de 72 horas de anticipación. Todas las llamadas serán grabadas.
PARÁGRAFO 11.3. Puja en ausencia (orden escrita): El postor instruye por escrito a Ramón Detinto para pujar por un lote hasta un monto máximo indicado, buscando siempre el menor precio posible. Disponible en subastas presenciales y mixtas.
PARÁGRAFO 11.4. Puja digital en tiempo real: Disponible en subastas digitales y mixtas a través de la plataforma oficial.
IV. Precio, Comisión del Comprador y Pago
DÉCIMO SEGUNDO. Precio de martillo y comisión del comprador (Premium)
El precio final anunciado por el subastador o determinado por el sistema digital al cierre del lote es el precio de martillo. Sobre dicho precio, el comprador deberá pagar adicionalmente una comisión del comprador equivalente al veinte por ciento (20%) más IVA sobre el precio de martillo. Este valor corresponde al Premium de Ramón Detinto y será incluido en la factura final.
PARÁGRAFO 12.1. En el evento en que el precio del bien sea expresado en moneda extranjera, dicho valor tendrá carácter únicamente indicativo. El pago deberá efectuarse en pesos colombianos a la tasa de cambio representativa del mercado (TRM) vigente en la fecha de la facturación.
DÉCIMO TERCERO. Medios de pago y plazos
El precio total (precio de martillo más Premium e IVA) deberá pagarse en su totalidad dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de adjudicación, mediante transferencia bancaria, consignación o pago con tarjeta de crédito a través de los canales habilitados por Ramón Detinto.
PARÁGRAFO 13.1. En caso de pago con tarjeta de crédito, se aplicará un recargo del cinco por ciento (5%) sobre el valor total a pagar, el cual corresponde a los costos de procesamiento bancario y será incluido en la factura.
PARÁGRAFO 13.2. Ramón Detinto se encuentra facultada para, en caso de incumplimiento del plazo de pago, subastar nuevamente el lote en otra oportunidad, frente a lo cual no podrá oponerse el comprador incumplido.
PARÁGRAFO 13.3. Al comprador que haya incumplido el pago se le impondrá una sanción equivalente al treinta por ciento (30%) del precio de martillo. Este valor se compensará con cualquier pago parcial previamente efectuado.
PARÁGRAFO 13.4. El bien no será entregado ni enviado hasta tanto no se haya verificado el pago completo del precio total, incluyendo Premium, IVA y recargos aplicables.
V. Transferencia, Riesgo y Entrega
DÉCIMO CUARTO. Transferencia del riesgo
La adjudicación del bien, producida con el golpe del martillo o el cierre automático de la puja digital, marca el momento desde el cual el comprador asume la responsabilidad sobre el bien y sobre todo lo que le suceda a este y a sus accesorios: pérdida, ruina, daños por agua, fuego, hurto u otras causas.
DÉCIMO QUINTO. Transferencia de la propiedad
La transferencia de la propiedad del bien al comprador se entenderá perfeccionada únicamente cuando se haya verificado el pago total del precio final. Hasta ese momento, el bien permanecerá bajo custodia de Ramón Detinto.
DÉCIMO SEXTO. Entrega y envíos nacionales
Una vez verificado el pago total, el comprador podrá retirar su lote en las instalaciones indicadas por Ramón Detinto o solicitar el servicio de envío. Ramón Detinto acompañará el proceso logístico, recomendará transportadoras especializadas en arte y coordinará el envío, sin que ello implique asumir responsabilidad sobre lo que pueda ocurrir con el bien durante el transporte.
PARÁGRAFO 16.1. Los costos de embalaje, transporte, seguro y demás gastos asociados al envío nacional correrán por cuenta exclusiva del comprador.
PARÁGRAFO 16.2. Ramón Detinto podrá almacenar el bien adquirido durante un período de hasta catorce (14) días calendario sin costo, contados desde la fecha de pago total. Vencido este plazo, la Casa podrá cobrar una tarifa de almacenaje que será comunicada al comprador.
PARÁGRAFO 16.3. El riesgo de pérdida, deterioro o daño durante el transporte es de exclusiva responsabilidad del comprador desde el momento en que el bien es entregado a la transportadora. Se recomienda contratar un seguro de transporte adecuado.
DÉCIMO SÉPTIMO. Envíos internacionales
Ramón Detinto facilitará la coordinación de envíos internacionales a solicitud del comprador, siempre que el bien no se encuentre catalogado como patrimonio cultural de la nación colombiana ni esté sujeto a restricciones legales de exportación conforme a la Ley 397 de 1997 y demás normas concordantes.
PARÁGRAFO 17.1. Es responsabilidad exclusiva del comprador verificar las regulaciones de importación del país de destino, el pago de aranceles, impuestos de importación y cualquier otro costo asociado al ingreso del bien al país destino.
PARÁGRAFO 17.2. Los costos de embalaje especializado, transporte internacional, seguros, trámites aduaneros y demás gastos derivados del envío internacional correrán por cuenta exclusiva del comprador.
PARÁGRAFO 17.3. Ramón Detinto no será responsable por retenciones aduaneras, daños durante el tránsito internacional, pérdidas o cualquier contingencia ocurrida fuera del territorio colombiano una vez el bien haya sido entregado al operador de transporte.
VI. Responsabilidad y Obligaciones de los Participantes
DÉCIMO OCTAVO. Exoneración de responsabilidad por accidentes
En caso de accidentes de los asistentes o terceros durante la visita a la exposición, el evento de subasta y la recogida de obras, Ramón Detinto queda exonerada de toda responsabilidad civil, contractual o extracontractual, salvo en los casos en que medie culpa grave o dolo debidamente comprobado de la Casa.
DÉCIMO NOVENO. Daños causados por los asistentes
Los asistentes al evento serán responsables de los daños que causen durante el mismo, independientemente de su naturaleza. Los daños causados en edificios, instalaciones u objetos desde el momento de la adjudicación y durante el traslado de la obra serán de exclusiva responsabilidad del comprador.
VIGÉSIMO. Prohibición de grabación
El uso de aparatos de grabación de audio, video o fotografía está totalmente prohibido durante el desarrollo de la exposición, subasta y recogida de obras, salvo autorización expresa de Ramón Detinto.
VIGÉSIMO PRIMERO. Representación por cuenta ajena
En el evento en que un postor participe en la subasta en nombre y por cuenta de un tercero, tanto el representante como el representado serán responsables de forma solidaria por todas las actuaciones efectuadas durante el evento y con posterioridad a este, incluyendo el pago total de los bienes adjudicados.
VII. Facturación, Datos Personales y Disposiciones Generales
VIGÉSIMO SEGUNDO. Facturación
La facturación se realizará durante o con posterioridad al evento de subasta a nombre del postor registrado o del tercero debidamente acreditado. Ramón Detinto podrá requerir documentos de verificación de identidad y datos fiscales para la emisión de la factura. Podrán efectuarse correcciones ulteriores si así lo requiere la normativa tributaria aplicable.
VIGÉSIMO TERCERO. Protección de datos personales
De conformidad con la Ley 1581 de 2012, el Decreto 1377 de 2013 y las demás normas que los modifiquen o complementen, Ramón Detinto recopilará y tratará los datos personales de los postores y compradores con las siguientes finalidades: gestión del proceso de registro y participación en subastas, cumplimiento de obligaciones contractuales, facturación, envío de comunicaciones relacionadas con eventos y servicios de la Casa, y cumplimiento de obligaciones legales incluyendo las normas de prevención del lavado de activos y financiación del terrorismo (LAFT).
PARÁGRAFO 23.1. Los titulares de datos personales podrán ejercer sus derechos de conocer, actualizar, rectificar y suprimir sus datos, así como revocar la autorización de tratamiento, mediante comunicación escrita dirigida a Ramón Detinto a través de los canales de contacto publicados en www.ramondetinto.com.
VIGÉSIMO CUARTO. Política de no retracto
Las ventas efectuadas en subasta son definitivas e irrevocables. Una vez producida la adjudicación mediante el golpe del martillo o el cierre automático de la puja digital, no procede derecho de retracto, devolución ni cambio por parte del comprador, salvo en los casos taxativamente previstos en la legislación colombiana de consumo que resulten aplicables.
VIGÉSIMO QUINTO. Divisibilidad
En caso de que alguna de las disposiciones contempladas en el presente clausulado resulte nula o inválida por decisión judicial o administrativa, las demás cláusulas conservarán plena validez y vigencia.
VIGÉSIMO SEXTO. Jurisdicción y ley aplicable
Los presentes Términos y Condiciones se rigen por las leyes de la República de Colombia. Para la resolución de cualquier controversia derivada de su interpretación, ejecución o incumplimiento, las partes se someten a la jurisdicción ordinaria de los jueces y tribunales de la ciudad de Bogotá D.C., con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles. Sin perjuicio de lo anterior, las partes podrán acudir previamente a mecanismos alternativos de solución de conflictos, incluyendo la conciliación extrajudicial.
VIGÉSIMO SÉPTIMO. Aceptación de los términos
Los presentes Términos y Condiciones son leídos, comprendidos y aceptados por el postor y comprador final como condición para su participación en cualquier evento de subasta organizado por Ramón Detinto Casa de Subastas. La participación en el proceso de registro o en cualquier puja implica la aceptación plena e incondicional de las presentes disposiciones.
VIII. Origen de Recursos, Bienes de Procedencia Ilícita y Reclamaciones de Terceros
VIGÉSIMO OCTAVO. Declaración de licitud de recursos del comprador
Como condición para participar en cualquier evento de subasta organizado por Ramón Detinto, el postor y comprador declara expresamente, bajo su plena responsabilidad, que los recursos con los que adquiere los bienes ofrecidos provienen de actividades lícitas, no están vinculados a ninguna actividad de lavado de activos, financiación del terrorismo, ni a ninguna otra conducta punible según la legislación colombiana o el derecho internacional aplicable.
PARÁGRAFO 28.1. Ramón Detinto actúa como intermediario de buena fe y no tiene la obligación legal ni la capacidad técnica de verificar el origen de los recursos con los que el comprador efectúa el pago. En consecuencia, la Casa queda exonerada de toda responsabilidad administrativa, civil o penal derivada del uso de recursos de origen ilícito por parte del comprador, siendo esta responsabilidad exclusiva y excluyente de quien efectúa la declaración.
PARÁGRAFO 28.2. En caso de que las autoridades competentes determinen que los recursos empleados en la adquisición de un bien tienen origen ilícito, Ramón Detinto prestará la colaboración requerida por dichas autoridades, sin que ello genere responsabilidad alguna frente al comprador. La venta podrá ser declarada resuelta de pleno derecho en los términos que determinen las autoridades, sin que proceda reclamación de reembolso contra la Casa.
PARÁGRAFO 28.3. Ramón Detinto se reserva el derecho de rechazar la participación de cualquier postor, cancelar un registro o declarar desierta una adjudicación cuando existan indicios razonables de que los recursos involucrados podrían tener origen ilícito, sin necesidad de expresar motivación y sin que ello genere responsabilidad frente al afectado.
VIGÉSIMO NOVENO. Declaración del consignante sobre la propiedad y licitud del bien
Ramón Detinto actúa como intermediario en nombre y por cuenta del consignante, con base en las declaraciones que este suscribe en el contrato de consignación, mediante las cuales manifiesta ser el legítimo propietario del bien o contar con plenas facultades de disposición sobre él, y que el bien se encuentra libre de cualquier gravamen, litigio, restricción legal, medida cautelar o reclamación de tercero conocida al momento de la consignación.
PARÁGRAFO 29.1. Ramón Detinto no realiza investigaciones independientes sobre la historia de propiedad, la cadena de custodia ni la licitud del origen de los bienes consignados, más allá de las diligencias razonables propias de su actividad como casa de subastas. La veracidad e integridad de las declaraciones efectuadas por el consignante es de su exclusiva responsabilidad.
PARÁGRAFO 29.2. En consecuencia, Ramón Detinto queda exonerada de toda responsabilidad civil, administrativa o penal derivada de que un bien ofrecido en subasta resulte ser hurtado, robado, apropiado indebidamente, de procedencia ilícita, sujeto a litigio de propiedad o afectado por cualquier restricción legal no informada por el consignante. La responsabilidad por tales circunstancias recae de manera exclusiva sobre el consignante.
PARÁGRAFO 29.3. Si con anterioridad a la subasta Ramón Detinto recibe comunicación formal de autoridad competente o de tercero con prueba sumaria sobre la ilicitud del origen o la existencia de controversia de propiedad sobre un lote, la Casa podrá retirarlo del evento sin responsabilidad frente al consignante ni frente a los postores registrados.
TRIGÉSIMO. Reclamaciones de terceros sobre bienes ya adjudicados
En el evento en que, con posterioridad a la adjudicación y entrega de un bien al comprador, un tercero formule reclamación sobre la propiedad del mismo, ya sea mediante acción judicial, administrativa o extrajudicial, Ramón Detinto no será parte en dicha controversia y no asumirá responsabilidad alguna frente al reclamante ni frente al comprador por razón de la titularidad del bien.
PARÁGRAFO 30.1. La acción de reclamación deberá dirigirse directamente contra el consignante como declarante de la propiedad y licitud del bien al momento de la consignación. Ramón Detinto, en su calidad de intermediario de buena fe, no responderá por evicción ni por saneamiento derivados de vicios en el título del consignante.
PARÁGRAFO 30.2. En caso de que una autoridad competente ordene la restitución del bien a un tercero, Ramón Detinto colaborará con dicha orden en la medida en que el bien se encuentre bajo su custodia. Si el bien ya fue entregado al comprador, la orden deberá ejecutarse contra este, y el comprador podrá repetir contra el consignante por los perjuicios que le ocasione dicha restitución, sin que Ramón Detinto sea parte en esa acción.
PARÁGRAFO 30.3. Ramón Detinto podrá, a su discreción, poner en conocimiento del consignante cualquier reclamación que reciba sobre un bien ya adjudicado, sin que ello implique reconocimiento de responsabilidad ni obligación de gestión del conflicto.
Glosario de Términos y Procesos
Para que tu experiencia en nuestras subastas sea la mejor posible, Ramón Detinto pone a tu disposición este glosario de términos y procesos. Familiarizarte con estos conceptos te permitirá participar con mayor confianza y claridad.
Lote
Cada uno de los bienes o conjuntos de bienes ofrecidos individualmente en un evento de subasta, identificados con un número en el catálogo.
Catálogo
Documento oficial, publicado en formato físico o digital, que contiene la descripción, estimados de precio, imágenes y condiciones de cada lote ofrecido en una subasta.
Descripción del lote
Información básica del bien incluida en el catálogo: dimensiones, técnica o material, atribución, período aproximado y referencias. Tiene carácter referencial y no constituye garantía de autenticidad o atribución definitiva.
Estimado de precio
Rango de valor orientativo determinado por expertos de Ramón Detinto para cada lote. Se expresa en pesos colombianos con un equivalente aproximado en dólares. Un lote puede venderse dentro del rango estimado o por encima de él.
Precio de reserva
Valor mínimo confidencial por debajo del cual un lote no puede ser vendido. No se publica. El precio de reserva es igual o inferior a la estimación baja del catálogo.
Precio de martillo
Precio final al que se adjudica un lote, declarado por el subastador con el golpe del martillo (en modalidad presencial o mixta) o determinado por el sistema al cierre automático del tiempo de puja (en modalidad digital).
Premium (Comisión del comprador)
Comisión adicional al precio de martillo que paga el comprador a Ramón Detinto. Equivale al veinte por ciento (20%) más IVA sobre el precio de martillo. Se incluye en la factura final junto con cualquier recargo por medio de pago.
Recargo por tarjeta de crédito
Porcentaje adicional del cinco por ciento (5%) aplicado sobre el valor total a pagar cuando el comprador elige como medio de pago una tarjeta de crédito. Corresponde a los costos de procesamiento bancario.
Puja presencial
Modalidad de participación en la que el postor asiste físicamente al evento y realiza sus ofertas mediante la paleta numerada asignada al momento del registro.
Puja por teléfono
Modalidad en la que un representante de Ramón Detinto puja en nombre del postor mediante comunicación telefónica en tiempo real durante el evento. Requiere registro previo con mínimo 72 horas de anticipación. Todas las llamadas son grabadas.
Puja en ausencia (orden escrita)
Instrucción escrita del postor a Ramón Detinto para pujar por un lote buscando siempre el menor precio posible, hasta un máximo indicado por el postor. Disponible en subastas presenciales y mixtas.
Puja digital en tiempo real
Modalidad disponible en subastas 100% digitales y mixtas, a través de la plataforma oficial www.ramondetinto.com. El cierre de la puja para cada lote es automático al cumplirse el tiempo establecido.
Paleta numerada
Número de identificación asignado a cada postor en subastas presenciales, vinculado a su documento de identidad. El postor es responsable de todas las adjudicaciones realizadas bajo su número.
Informe de condición
Documento elaborado por Ramón Detinto que ofrece indicaciones sobre el estado físico actual del lote, incluyendo posibles restauraciones o intervenciones. Tiene carácter informativo y complementa la descripción del catálogo. Es entregado a todo comprador junto con el certificado de procedencia.
Certificado de procedencia
Documento expedido por Ramón Detinto que certifica la historia conocida de custodia del bien ofrecido. No equivale a un certificado de autenticidad. Es entregado a todo comprador al momento de la entrega del bien.
Precio de reserva digital
En subastas digitales, valor mínimo predeterminado para cada lote, por debajo del cual el sistema no adjudicará el bien, aun si existen ofertas registradas. Permanece confidencial.
Envío nacional
Servicio de transporte del bien adquirido dentro del territorio colombiano. Ramón Detinto acompaña la coordinación logística y recomienda transportadoras especializadas. Los costos corren por cuenta del comprador.
Envío internacional
Servicio de transporte del bien adquirido fuera del territorio colombiano, disponible siempre que el bien no esté catalogado como patrimonio cultural de la nación ni sujeto a restricciones legales de exportación. Ramón Detinto coordina el proceso; los costos y trámites aduaneros corren por cuenta del comprador.
Subasta presencial
Evento en el que postores y subastador se encuentran físicamente en el mismo espacio. La adjudicación se produce mediante el golpe del martillo.
Subasta mixta
Evento en el que participan simultáneamente postores presentes en sala y postores remotos, ya sea por plataforma digital, teléfono u orden escrita. El tiempo de cierre de pujas lo determina el subastador.
Subasta digital (Drop)
Evento de subasta realizado 100% en línea a través de la plataforma oficial de Ramón Detinto. El tiempo de puja para cada lote es fijo y predeterminado. No hay subastador físico; la adjudicación es automática al cierre del tiempo establecido.
Ramón Detinto Casa de Subastas
www.ramondetinto.com